El Ministerio de Trabajo, para dar cumplimiento a la Ley 139-97, que establece la aplicación de los días feriados, informa a toda la colectividad empresarial y trabajadora del país sobre las fechas en que serán celebrados los días feriados durante el próximo año 2014.
En una nota informativa de la institución se establece que el día 1 de enero, fecha en que se celebra la festividad del Año Nuevo, se mantiene inamovible; del mismo modo no se cambia el 6 de enero, fecha en que se conmemora el Día de Los Santos Reyes.
Agrega la nota que la festividad del martes 21 día de Nuestra Señora de la Altagracia no se cambia, así como el domingo 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, Padre de la Patria y el jueves 27 de febrero, Día de la Independencia, son inamovibles.
En relación al Viernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo, no se cambia, por lo que se mantiene el viernes 18 de abril.
En tanto, el Día del Trabajo, que se celebra cada año el 1ro de mayo con carácter no laborable, se traspasa para el lunes 5 de mayo.
Asimismo el Ministerio de Trabajo informa que la festividad religiosa Corpus Cristi, que en el año 2014 se celebra el jueves 19 de junio, no se cambia; además es inamovible el Día de la Restauración, correspondiente al sábado 16 agosto.
Igualmente la institución indica que el miércoles 24 de septiembre, día que se celebra la fiesta de Las Mercedes, será celebrado en la misma fecha, por lo que no se cambia; en tanto el día de la Constitución que se celebra el 6 de noviembre, será laborable y se cambia para el lunes 10 de noviembre.
La nota del Ministerio de Trabajo precisa que el jueves 25 de diciembre, día en que se conmemora el Nacimiento de Jesús (Día de Navidad), no se cambia.
Fuente el Nacional.
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